REQUERIMIENTOS

 

 

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Si usted es pasajero nacional o extranjero que ingresa a Colombia por un aeropuerto internacional, puerto terrestre, marítimo o fluvial debe realizar ante el D.A.S. la inmigración.

Requisitos y Documentos Necesarios para el Trámite

Ciudadano Colombiano

  • Pasaporte vigente en buen estado
  • Cédula de ciudadanía

Ciudadano Extranjero

  • Pasaporte vigente en buen estado y visa (si la requiere)
  • Tiquete de regreso

Ciudadano Extranjero de la Comunidad Andina de Naciones

  • Cedula de Ciudadanía del país de origen
  • Tarjeta Andina Migratoria diligenciada

Extranjero que Viene por Razones Diferentes al Turismo

  • Visa autorizada por el consulado de Colombia del país donde se encuentre.

NOTA: En la inmigración, el DAS informara a los ciudadanos extranjeros el tiempo autorizado de permanencia en el país y la categoría de ingreso.

Países Que no Requieren Visas

Los ciudadanos de los países listados a continuación, no requieren visa de visitante para entrar a Colombia:

Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda , Argentina, Australia, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Corea, Costa Rica, Croacia, Chipre, Dinamarca, Dominica, Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos de América, Filipinas, Finlandia, Francia, Granada, Grecia, Guatemala, Guyana, Honduras, Hong Kong, Hungría, Indonesia, Islandia, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malasia, Malta, México, Mónaco, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, República Dominicana, Rumania, Saint Kitts y Nevis, San Marino, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Singapur, Suecia, Suiza, Taiwán, Trinidad y Tobago, Turquía, Uruguay, Venezuela.

Tampoco requieren Visa de Visitante los portadores de pasaporte de Hong Kong – SAR.
 
Los ciudadanos de los países listados a continuación, no requieren visa de negocios para entrar a Colombia:

  • Corea del Sur, Ecuador, España, Estados Unidos y Japón

Solicitud de Prórroga de Turismo

  • Si usted es extranjero con permiso de ingreso y permanencia en categoría visitante turista o visitante temporal con permanencia inferior a ciento ochenta (180) días y está por expirar el término, debe solicitar una prórroga de turismo ante el DAS.

Requisitos y documentos necesarios para el trámite:

  • Pasaporte vigente o documento de identidad para la Comunidad Andina
  • Fotocopia de los datos biográficos del pasaporte y su vigencia o Tarjeta Andina.
  • 2 fotografías de 3 x 4 cm. De frente, a color con fondo blanco
  • Copia tiquete de regreso.
  • Consignación a favor del Fondo Rotatorio del DAS por ($60.400). En Bogotá la consignación debe realizarse en la Oficina de Bancafé cuenta empresarial No. 05699020-3.

Nota: El valor de cada trámite se incrementa anualmente a partir del primero de enero,

Lugares a los que debe acudir el ciudadano:

  • BOGOTA: Subdirección de Extranjería Calle 100 No 11B 27. Teléfono: 6017269
  • DAS en los diferentes aeropuertos internacionales, puertos terrestres, marítimos y fluviales